Por medio del programa nacional de Reparación Histórica, muchos jubilados y jubiladas pueden darle solución a sus juicios iniciados por el reajuste de los haberes jubilatorios.
A través del programa, el Gobierno nacional puede llegar a acuerdos con los jubilados y pensionados sobre el reajuste de sus haberes, pagar las deudas que tiene con ellos y finalizar la gran cantidad de juicios.
A su vez, se adhirieron alrededor de un millón de jubilados a dicho programa, los cuales pudieron iniciar o terminar cuestiones legales antes del 30 de mayo de 2016.
¿Quiénes pueden ingresar al programa?
- Los jubilados y pensionados que cobran un monto calculado por el método previsto en el art. 49 de la Ley 18.037 (70 a 82 % del promedio mensual de las remuneraciones actualizadas).
- Los jubilados y pensionados que cobran un monto calculado por el método previsto en los artículos 24, 97 o 98 de la Ley 24.241.
- Los jubilados y pensionados antes del primero de diciembre de 2006 que cobran haberes que no tienen un sistema especial de aumento.
Requisitos
- Cobrar una jubilación y/o pensión y estar incluido en el programa. Se puede averiguar ingresando a Mi ANSES/Reparación Histórica con Clave de la Seguridad Social.
- Contar con un abogado patrocinante. En el caso de no haber iniciado juicio, el trámite es GRATUITO, ya que ANSES se hará cargo de los honorarios profesionales.
- Tener registrada la huella dactilar del titular y del abogado. Si el titular está imposibilitado de trasladarse, fue declarado incapaz judicialmente o la huella es ilegible, podrá solicitar la exención de la huella. Si reside en el exterior, tampoco es necesario.
Monto
El monto varía según el caso, se puede consultar en Mi ANSES/Reparación Histórica.
A las personas que:
- Tengan juicio iniciado se les pagará el 50 % del retroactivo y el otro 50 % en cuotas trimestrales (iguales, consecutivas y actualizadas por el índice de movilidad) durante 3 años.
- No tengan juicio iniciado por un retroactivo desde el momento de suscripción del acuerdo, en caso de corresponder.
¿Cómo realizar el trámite?
El trámite se inicia por internet y, luego, para la suscripción del acuerdo, el titular o su apoderado deberá presentarse con su abogado en una oficina de ANSES con turno, o también sin turno en una oficina que cuente con una Terminal de Autoconsulta Electrónica.
Cuando el titular no pueda presentarse, el abogado deberá retirar el acuerdo impreso y hacérselo llegar para que lo firme:
- Si está imposibilitado de moverse, donde se encuentre en presencia de un escribano.
- Si no está en el país, debe suscribir el acuerdo mediante la certificación su firma vía Consulado.
Luego, el abogado lo deberá presentar en la oficina de ANSES desde donde lo retiró y firmarlo frente a un funcionario del organismo.
Paso a paso:
- Consultá si te corresponde: Podés hacerlo en Mi ANSES/Jubilados y pensionados/Reparación Histórica con tu Clave de la Seguridad Social. Ahí mismo podrás informarte cuál es la propuesta de ANSES.
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Aceptá la propuesta: Si estás de acuerdo con la propuesta, en Mi ANSES/Jubilados y pensionados/Reparación Histórica, aceptá los Términos y Condiciones.
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Designá un abogado: Deberás ingresar el número de CUIT del abogado que te representará en Mi ANSES/Jubilados y pensionados/Reparación Histórica. Si no iniciaste juicio y no tenés un abogado designado, el patrocinio es GRATUITO si elegís a alguien incluido en los convenios firmados por ANSES. Consultar listado de abogados.
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Confirmación de tu abogado: Tu abogado deberá entrar a Mi ANSES/Jubilados y pensionados/Reparación Histórica para aceptar la designación realizada por vos y los Términos y Condiciones. Se le asignará un turno para la firma del acuerdo. También podrá hacerlo en una Terminal de Autoconsulta Electrónica.
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Registro de las huellas: El titular y su abogado deben tener su huella registrada. Se puede hacer en cualquier oficina de ANSES, con turno previo. Informate sobre el sistema Mi Huella y en qué casos solicitar la exención.
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Firmá el acuerdo: El titular y su abogado deben presentarse en una oficina de ANSES el día del turno asignado, o sin turno en el mismo momento en las terminales electrónicas disponibles. Si estás imposibilitado de trasladarte, podés suscribir el acuerdo en el lugar donde estés, frente a un escribano que certifique. Si optás por un escribano adherido al Programa, su servicio no tendrá costo. Luego, tu abogado deberá presentar el acuerdo en ANSES y firmarlo en presencia de un funcionario.
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Homologación del acuerdo: ANSES enviará electrónicamente el acuerdo al Poder Judicial para su homologación.
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Liquidación: Una vez recibida la notificación de homologación por parte del juzgado, se realizará la liquidación correspondiente.