La Cámara Nacional Electoral informó sobre las distintas multas que deberán pagar aquellos argentinos y argentinas que no vayan a emitir su voto durante las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO).
Con la creación de un Registro de Infractores por parte de la mencionada Cámara, quienes no concurran deberán abonar de $50 a $500 para los mayores de 18 años y menores de 70 años, como lo establece el Código Nacional Electoral en su artículo 125. Desde esta, comunicaron:
Las multas se pueden abonar en cualquier Banco Nación y se emite un comprobante. De no pagar la multa, el elector no podrá hacer trámites nacionales, provinciales o municipales por un año
Cabe destacar que el voto en estas PASO de septiembre es obligatorio , si no también en las generales del 14 de noviembre, salvo para los mayores de 70 años y menores de 18 años.
¿Cuáles son las justificaciones?
Desde la Cámara Nacional Electoral (CNE), se comunicó que las justificaciones para estar exceptuados para votar son:
- motivos de enfermedad;
- contraer coronavirus o ser contacto estrecho;
- que el elector esté a más de 500 kilómetros del lugar para votar.
Cada una de ellas debe tener un certificado que acredite lo informado y debe ser presentado antes de los 60 días pasados la elección; en el caso de el primer ítem, se debe presentar un certificado médico; en el caso del segundo, un test rápido (aplicación CuidAr) para demostrar la enfermedad y, por lo último, un certificado en la comisaría más cercana para demostrar que se estaba a más de 500 kilómetros.