Jueves 16 de Noviembre 2023
ELECCIONES

Elecciones: quiénes quedarán exceptuados de votar

En el marco de la pandemia por COVID 19, la Cámara Nacional Electoral diseñó un protocolo para argentinos que estarán legalmente autorizados para no votar: por ejemplo, aquellos que cumplan aislamiento o sean parte de un grupo de riesgo.

Elecciones. Fuente: (Twitter)
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La Cámara Nacional Electoral (CNE) diseñó un protocolo para las elecciones que indica cuáles son las personas que tendrán autorización legal para no ir a votar. Se trata de aquellos vecinos y vecinas que, en el día de emitir el sufragio, se encuentren aislados, sean contactos estrechos de casos positivos de COVID 19 o casos sospechosos, o integren un grupo de riesgo.

El protocolo funcionará tanto para las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), que se desarrollarán el 12 de septiembre, como para las generales, que se llevarán a cabo el 24 de noviembre y en donde los argentinos podrán votar a los representantes de las Cámaras alta y baja de la Nación.

 

 

Exceptuados de votar: cómo iniciar el trámite

Las personas estarán exceptuadas de votar en las elecciones si:

  • Están aisladas por haber dado positivo en COVID 19;
  • representan un “caso sospechoso” ya que presentan síntomas compatibles con la enfermedad;
  • son contacto estrecho de un caso positivo;
  • integran grupos de riesgo y por indicación médica deben evitar lugares con mucha gente.

En cualquiera de los casos, podrán tramitar la constancia vía web. El justificativo de no emisión del voto podrá realizarse en la página oficial de la Cámara Nacional Electoral: para ello, se debe ingresar a la sección de infracciones al acto electoral.

 

 

Cómo ejercer el derecho a votar

La CNE estableció que, si aquellas personas exceptuadas de votar por cualquiera de los casos mencionados en relación a la COVID 19 desean hacerlo, el juez electoral del distrito que corresponda tendrá que "determinar el procedimiento de emisión del voto". Lo primordial es “garantizar las medidas de higiene y distanciamiento adecuadas para prevenir el contagio y preservar la salud de las demás personas".

El artículo del protocolo explica: "En cada caso el juez federal electoral determinará el procedimiento de emisión de voto para aquellas personas".