A través de la Resolución 568/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo de la Nación estableció el plazo para la inscripción al Programa de Reactivación Productiva II (REPRO II) y extendió el programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes.
El plazo de inscripción al programa para el período correspondiente con salarios devengados que estará comprendido entre el 24 y el 30 de septiembre.
A través de la norma se determinaron las pautas que se considerarán para aplicar los criterios de preselección, respecto de las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder a la iniciativa:
Fuente: (Televisión Pública)
REPRO II
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: agosto de 2019 y agosto de 2021.
- Altas empresas: no se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del primero de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: agosto 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de septiembre inclusive.
- Corte de actualización CBU: 23 de septiembre inclusive.
Para los trabajadores independientes de sectores críticos, el plazo de inscripción es el mismo y los criterios de preselección serán:
- Presentar una reducción de la facturación superior al veinte por ciento (20 %) en términos reales, para el período comprendido entre agosto 2021 y agosto 2019.
- Periodo de referencia de pagos a acreditar:
- Autónomos: de 01/2021 hasta 07/2021
- Monotributo: de 02/2021 hasta 08/2021
- Corte de pago monotributistas: pagos hasta el 23 de septiembre de 2021 inclusive.