Sábado 18 de Noviembre 2023
AUMENTO SALARIAL

Las empleadas domésticas cobrarán un extra y recibirán un aumento en septiembre

Enterate de qué categorías alcanzarán estos nuevos cobros para el trabajo doméstico.

Empleo doméstico. Fuente: (Twitter)
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Escrito en POLÍTICA Y ECONOMÍA el

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que las empleadas domésticas podrán acceder al cobro de un extra por antigüedad y que recibirán un aumento a partir de septiembre.

La AFIP informó que quienes empleen a personal doméstico tendrán la obligación de abonar un pago adicional del 1 % por año sobre los salarios mensuales, en concepto de antigüedad.

Este mes, la liquidación extraordinaria alcanzará a todas las relaciones laborales vigentes y el concepto estará incluido como un nuevo tópico en los recibos de sueldo para que se pueda identificar con facilidad.

 

 

Para estipular con exactitud cuál es el monto extra será menester calcular el 1 % por cada año de servicio. En el recibo de sueldo se catalogará en el ítem "Antigüedad".

Conforme explicó la AFIP, el pago se efectivizará a partir de este mes y podrán acceder todas las categorías de personal doméstico que hayan comenzado su relación laboral antes del primer día de septiembre de 2020.
 

El Gobierno nacional determinó un aumento del 43 % anual, que corresponde con 13 % en junio, 13 % en septiembre, 5 % en diciembre y 12 % en marzo de 2022.

 

Pagos por hora con el aumento de este mes

  • Categoría primera: con retiro, $279,5 / Sin retiro: $306
  • Categoría segunda: con retiro, $264,5/Sin retiro: $290
  • Categoría tercera: sin retiro: $249,5
  • Categoría cuarta: con retiro, $249,5/Sin retiro: $279,5
  • Categoría quinta: con retiro, $231,5/Sin retiro: $249,5
     

Pago de horas extra

  • Un recargo del 50 % sobre el salario habitual en caso de que se trate de días comunes.
  • Un recargo del 100 % calculado sobre el salario habitual en sábados después de las 13, en domingos y en feriados.

Además, la administración determinó que el pago por empleos domésticos deberá realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo, durante las horas de prestación de servicios; la forma de pago tendrá que ser en dinero en efectivo, mediante cheque o con depósito bancario sin costo para el personal. 
 

Fechas de cobro

  • Para el personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario.
  • Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.