Martes 14 de Noviembre 2023
PROCREAR II

Procrear II: abrió la inscripción para Desarrollos Urbanísticos en todo el país

El ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat ya inscribe en esta nueva línea de crédito en pesos con cuotas fijas a 30 años.

Convocatoria para inscribirse en el Procrear II para desarrollos urbanísticos. Fuente: (Facebook)
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Escrito en POLÍTICA Y ECONOMÍA el

El ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat ya abrió las inscripciones para una nueva convocatoria del plan "Procrear II familias", que contempla el sorteo de viviendas en desarrollos urbanísticos.

Las unidades concretadas y listas para sortear se encuentran en las siguientes provincias: Buenos Aires, CABA, Córdoba, Corrientes, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro, San Luis, Santa Cruz y Santiago del Estero.
 

Difusión oficial.

 

Los créditos hipotecarios que abre el ministerio, presidido por Jorge Ferraresi, a través de la línea Desarrollos Urbanísticos de Procrear IIsorteará 494 viviendas ya construidas y planificadas entre los gobiernos nacionales y provinciales.

Las unidades funcionales a sortear están ubicadas en predios de Bahía Blanca, Canning, Ciudad Evita, Haedo, Ituzaingó, Lomas de Zamora, Merlo, Morón, San Antonio de Areco, San Martín, San Miguel y San Nicolás, en la provincia de Buenos Aires; y el de Estación Buenos Aires, en CABA.

 

Fuente: (Banco Hipotecario)
 

En el interior del país, también se pondrán a disposición para el sorteo en las localidades de Barrio Liceo, San Francisco y Alejandro Roca (Córdoba), Corrientes (Corrientes), La Dormida, Maipú, Malargüe, Mendoza, San Martín, San Rafael (Mendoza), Posadas (Misiones), Zapala (Neuquén), Bariloche y Viedma (Río Negro), San Luis (San Luis), Río Gallegos (Santa Cruz) y La Banda (Santiago del Estero).

 

Cómo es el préstamo

Los préstamos son en pesos. Hay un plazo máximo de 30 años, a tasa fija, y las cuotas se ajustan en función de cómo avanza el salario con un índice del Gobierno llamado "Hog.Ar". El monto total que el sorteado deba financiar sobre el costo total será fijado por el Banco Hipotecario, y tendrá en cuenta la capacidad de pago del solicitante. El Hipotecario tiene la facultad de pedir anticipos, en caso de considerarlo necesario.

 

Beneficiarios.

 

Requisitos

  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente —tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente— entre 2 y 8 salarios mínimos vitales y móviles. Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo a la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años.
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como copropietarios, al momento de iniciar el Proceso de Inscripción.
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI, Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país.

 

Beneficiarios.

 

  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción.
  • Acreditar el estado civil declarado en el Formulario de Inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder.
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada.
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el Banco Central o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años, embargos ni peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.
  • Los participantes, al momento de completar el Formulario de Inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente.
  • El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por Matrimonio, Unión convivencial o Unión de hecho, vínculos que deberán encontrarse registrados, siempre que coincidan los domicilios declarados por ambos.