Jueves 16 de Noviembre 2023
BONO EXTRAORDINARIO

Jubilados: el Gobierno oficializó un bono de hasta $5000

Se otorgará un pago extraordinario para jubiladas y jubilados.

Jubilados y jubiladas. Fuente: (Twitter)
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Escrito en POLÍTICA Y ECONOMÍA el

El Gobierno oficializó el pago del bono de hasta $5000 para jubilados y jubiladas. A través de un decreto publicado esta mañana en el Boletín Oficial, las autoridades nacionales confirmaron el beneficio.
 

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) otorgará la asignación.


La medida, que había sido anunciada por el presidente de la Nación el 13 de julio, ahora tiene forma de decreto. Por medio de la Resolución 481/2021 en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional dispuso "otorgar un subsidio extraordinario por un monto máximo de $5000 que se abonará en el mes de agosto de 2021”.

 

 

El decreto está firmado por el presidente, Alberto Fernández, por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y por el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.


¿Quiénes cobran el bono?

  • Beneficiarios de prestaciones previsionales del Sistema Integrado Previsional Argentino
  • Beneficiario de la Pensión Universal para el Adulto Mayor
  • Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez y madres de 7 o más hijos
  • Beneficiarios de pensiones graciables con pago a cargo de ANSES

 

 

Según el decreto, quienes “por la suma de los haberes de todas sus prestaciones vigentes, perciban un monto equivalente de hasta $46.129,40, el subsidio extraordinario será de $5000". 

Mientras que "para aquellos titulares que, por la suma de todas sus prestaciones vigentes, perciban un importe superior al precitado monto, el subsidio extraordinario será igual a la cantidad necesaria hasta alcanzar la suma de $51.129,40”.
 

Cuándo se cobra

  • DNI terminado en 0 y 1: lunes 2 de agosto
  • DNI terminado en 2 y 3: martes 3 de agosto
  • DNI terminado en 4 y 5: miércoles 4 de agosto
  • DNI terminado en 6 y 7: jueves 5 de agosto
  • DNI terminado en 8 y 9: viernes 6 de agosto

No deberán hacer ningún trámite adicional para acceder al beneficio. Se cobra a través de la misma cuenta donde se deposita habitualmente el haber jubilatorio.