Viernes 17 de Noviembre 2023
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AFIP prorroga la recategorización para monotributos

Con el objetivo de que las mismas se puedan realizar dentro de la ley de alivio fiscal.

Monotributo en la página de AfipCréditos: Fuente: (Twitter)
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Escrito en POLÍTICA Y ECONOMÍA el

Desde el 28 de julio hasta el 17 de agosto, los pequeños contribuyentes podrán recategorizarse en el monotributo ya que desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informaron la extensión de la misma.

Este plazo es para quienes realicen esta acción semestralmente y cumplan con la obligación de pago mensual que corresponde a agosto.
 

AFIP.

El objetivo es garantizar que los pequeños contribuyentes puedan realizar la recategorización con los valores de las escalas estipuladas en la nueva ley de alivio fiscal


Cabe mencionar que las categorías vigentes serán las que se encuentran entre el primero de agosto de 2021 y el 31 de enero de 2022.
 

Monotributo.


¿Cómo hacer la recategorización del monotributo?

  1.  Se debe ingresar al sitio web de AFIP o descargar en el teléfono móvil la app "Mi Monotributo".
  2. Ingresar el CUIT y clave fiscal, luego ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o empadronamiento al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación).
  3. Se visualizarán los datos que AFIP tiene de ese usuario a título informativo.
  4. Ingresar en la opción "Recategorizarme".
  5. Luego se pedirá que se inserte el monto facturado los últimos doce meses. Es importante que coloquen la suma de las facturas realizadas, independientemente de lo percibido. Allí el sistema indicará si corresponde algún cambio en su categoría o no.


¿Cómo quedan las categorías?

  • Categoría A: el límite de facturación anual pasa a $370.000.
  • Categoría B: el tope quedó en $550.000.
  • Categoría C: la facturación sube a $770.000.
  • Categoría D: el monto máximo se ubica en $1.060.000.
  • Categoría E: el límite máximo llega a $1.400.000.
  • Categoría F: el tope de facturación queda en $1.750.000
  • Categoría G: el máximo aumenta a $2.100.000.
  • Categoría H: es la más alta para quienes venden servicios y el techo de facturación será de $2.600.000.
  • Categoría I: el máximo aumenta a $2.910.000.
  • Categoría J: el tope alcanza $3.335.000.
  • Categoría K: el máximo se incrementa hasta $3.700.000.