En el marco de acercarnos a la igualdad de género, y que han sido históricamente las mujeres quienes han sacrificado y postergado su vida profesional y laboral en pos del cuidado de los hijos, la Administración Nacional de Servicios Sociales (ANSES) anunció que reconocerá aportes jubilatorios por tareas de cuidado.
Conversamos con la Dra. Maria Emilia Carrozza, abogada dedicada al derecho previsional (Matrícula TL F464 CALP), quien nos cuenta todos los pormenores para acceder al beneficio.
A quién le corresponde el beneficio
Mujeres
- En edad jubilatoria (60 años en adelante);
- Que no cuenten con los años de aporte requeridos;
- Que tengan hijos/as.
A partir de cuándo
El beneficio estará disponible a partir del 1 de agosto de este año.
Cómo acceder
El trámite requiere sólamente solicitar turno. Es necesario presentar:
- DNI
- Partidas de nacimiento de los hijos
- Certificado de Discapacidad (CUD)
- Sentencia de adopción
El reconocimiento de aportes por tareas de cuidado visibiliza y repara una desigualdad histórica y estructural en la distribución de las tareas de cuidado, ya que se le da el lugar y el valor al tiempo que las mujeres destinaron y destinan a la crianza de sus hijas e hijos.
Qué se reconoce
- 1 año de aportes por hija/o
- 2 años de aportes por hija/o adoptada/o
- 2 años de aporte por hijo con discapacidad
- 2 años más beneficiaria/o de la Asignación Universal por Hija/o por —al menos— 12 meses
- Plazos de licencia por maternidad y excedencia.
Esta medida de inclusión es compatible —y se complementa, en caso de ser necesario— con las moratorias vigentes (Ley N° 24.476 y Ley N° 26.970).
Cómo avanzar
Revisar los vínculos familiares acreditados en ANSES para confirmar si los hijos están registrados.
Si tus hijos no se encuentran registrados, solicitá turno para acercar la documentación.