Martes 14 de Noviembre 2023
PROCREAR II

El Gobierno anunció que el 12 de octubre vence el plazo para inscribirse en Desarrollos Urbanísticos

Lo confirmó el ministro Ferraresi a través de Twitter.

Fuente: (Twitter)
Escrito en POLÍTICA Y ECONOMÍA el

El ministro de Desarrollo Territorial y Hábitat de la Nación, Jorge Ferraresi, comunicó este martes que hasta el próximo 12 de octubre a las 10 de la mañana hay tiempo para inscribirse en la línea de Desarrollos Urbanísticos pertenecientes al plan Procrear II.

 

 

¿Cuáles son los requisitos para la inscripción?

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años. 
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como copropietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción. Las excepciones son los casos detallados en las Bases y Condiciones. 
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente (DNI o Libreta de Enrolamiento o Libreta Cívica) de todos los integrantes de la solicitud al momento de iniciar el trámite.
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país. 
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción. 
  • Acreditar el estado civil declarado en el formulario de inscripción, excepto el estado civil soltero.
  • Presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder. 
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente entre dos y ocho salarios Salarios mínimos vital y móvil (SMVYM). Los ingresos mínimos necesarios para acceder a una determinada vivienda podrán variar según el predio y la tipología seleccionada. De acuerdo con la información declarada en el formulario, se indicará si existen o no tipologías disponibles.
  • Demostrar, como mínimo, 12 meses de continuidad laboral registrada. 
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos 12 meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial. También, no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra. 
  • Los participantes, al momento de completar el formulario de inscripción, podrán incluir solo un/a cotitular. Para el caso de los y las participantes de estado civil casado/a, el/la cónyuge, será considerado cotitular automáticamente. El/la titular y el/la cotitular deberán encontrarse unidos por alguno de los vínculos que se detallan a continuación, los cuales deberán encontrarse registrados: Matrimonio, Unión convivencial, Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular. Todas las notificaciones en el marco de las presentes bases y condiciones serán realizadas a la dirección de correo electrónico declarada por el/la participante en el formulario de inscripción.