Miércoles 22 de Noviembre 2023
DALMA MARADONA

Un duro revés para Dalma y Gianinna Maradona

La justicia aceptó una media cautelar de Matías Morla contra Dalma y Gianinna Maradona.

Gianinna, Dalma y Diego Maradona. (Fuente. Instagram).
Escrito en ESPECTÁCULOS el

Dalma y Giannina Maradona recibieron una mala noticia luego de que una jueza de los Estados Unidos diera lugar a una mediad cautelar presentada por Matías Morla, quien fue el abogado de Diego en el último tiempo.

Tras la muerte del Diez, las diputas judiciales entre las partes fueron en aumento y ahora finalmente se conoció el fallo que le prohíbe a Dalma y Gianinna Maradona comercializar productos con la marca Maradona en el país del norte.

Gianinna y Dalma Maradona. (Fuente. Instagram).

La cuestión es que la marca registrada esta bajo el dominio del abogado y las hermanas de Diego. Pero desde una página web y una cuanta de Instagram, Dalma y Giannina venían comercializando productos los cuales llevan dicha marca.

Es por eso que Morla presentó la medida cautelar a fin de que se suspenda esa venta en los Estados Unidos y reclamar los daños ocasionados al respecto.

Diego Maradona y Matías Morla. (Fuente: Instagram).

Finalmente, la corte de Florida acepto lo reclamos de Morla, lo cual obliga a olas hijas de Diego a abstenerse de comercializar dichos productos, marcando así un nuevo capitulo en esta disputa judicial que ya alcanzó los tribunales internacionales.

Gianinna y Dalma Maradona. (Fuente. Instagram).

Las razones

Cecilia Altonaga es el nombre de la jueza que hizo lugar a la cautelar y argumentó que “el reclamo del demandante (Morla) muestra que los productos vendidos por los demandados (Dalma y Gianinna) llevan la marca registrada” agregando que eso podría confundir a los consumidores.

Matías Morla. (Fuente: Instagram).

A razón de esto, el fallo aclara que Dalma y Giannina Maradona “han creado una página de perfil de Instagram y un sitio web de comercio electrónico en los que se benefician de su apropiación indebida deliberada de los derechos del Demandante (Morla)”, por lo cual se le dictaminó el cese de actividades.